España apenas adapta el puesto a los que vuelven a medio gas de una baja: “Es duro trabajar con dolor” | Economía
Ana Sánchez (37 años), camarera en un hotel, sufre una lesión cervical. “No me han adaptado el puesto de trabajo. Me dicen que cargue lo que pueda, pero no ha venido nadie de prevención de riesgos laborales a ver cómo debo hacerlo para que no me haga daño”, cuenta esta empleada canaria. Reconoce que trabaja a un ritmo muy parecido al de antes de su lesión, ya que si no “cargas de más trabajo a tus compañeros; somos los que somos, si vas más despacio el trabajo no sale”. Pablo Alcázar, de 28 años, también ha trabajado con dolor: “Tuve un problema de ligamentos en la mano por un accidente laboral, por coger mucho peso al vuelo”, rememora, sobre su etapa en un establecimiento de comida rápida. “Los jefes fueron muy comprensivos al principio, pero a la larga como que sospechaban y me exigían cada vez más. Nunca hubo una adaptación formal de mi puesto de trabajo tras la baja. Es duro trabajar con dolor, pero tenía el alta. No me quedaba otra”, comenta este empleado de Castellón.
Las situaciones que describen estos trabajadores son habituales en el mercado laboral español, según denuncian los expertos sindicales en salud laboral. “En España apenas se adapta el puesto de trabajo a las capacidades de las personas, no se hace una correcta evaluación de riesgos”, denuncia Mariano Sanz, secretario confederal de salud laboral de CC OO. “No hay voluntad por parte de las empresas. Apenas adaptan los puestos a las condiciones de los trabajadores. Ni se apuesta por cambiar el ritmo de las tareas, ni por la flexibilidad en los horarios, ni por la vigilancia de la salud. La gente vuelve de su baja como si no hubiera pasado nada”, agrega Ana García de la Torre, secretaria de salud laboral en UGT.
Estos expertos analizan el problema de acuerdo a su experiencia, por sensaciones vinculadas a su día a día como representantes de los empleados. Pero la realidad es que no hay estadísticas oficiales que radiografíen este problema: sabemos que en España hay más bajas laborales que nunca, pero no si ello está conduciendo a un alza en las adaptaciones de puestos de trabajo. Sanz y García de la Torre creen que no sucede en la medida que debería y que en España apenas se adaptan las tareas de los trabajadores que han perdido parte de sus capacidades.
Tampoco hay estadísticas oficiales a nivel europeo que profundicen en ello, pero hay indicios de que España adapta menos que sus vecinos más avanzados. María del Mar Crespí, profesora de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universitat de les Illes Balears y experta en incapacidad temporal, hace referencia a un estudio de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo: solo la mitad de los negocios españoles encuestados dice tomar medidas para apoyar a los empleados al volver de una baja prolongada, lejísimos del Reino Unido, Alemania o Países Bajos, donde casi todas las empresas dicen hacerlo. Además, el dato español empeoró de 2014 a 2019 (del 53% al 50%), el último disponible, mientras que el promedio europeo mejoró (del 60% al 63%).
Esta pobre adaptación de puestos de trabajo en España es uno de los asuntos que los expertos en salud laboral han subrayado tras la polémica de las bajas flexibles. La ministra de Seguridad Social, Elma Saiz, abrió el debate al respecto el 3 de octubre: “Hay procesos como el de quien esté saliendo de un tratamiento de cáncer que quizás, por supuesto desde la voluntariedad y desde la garantía de su salud, desde su seguridad, pueda incorporarse a trabajar, haciendo una incapacidad temporal que no sea estar de alta o estar de baja”. Después su departamento ha ido matizando esta posición, hasta indicar que el cambio que aspiran a introducir es una reincorporación gradual al trabajo una vez se tenga el alta y siempre que el médico lo recomiende para agilizar la recuperación. Suena muy parecido a una adaptación del puesto, algo que ya contempla la legislación, pero sin concreción suficiente.
¿Qué dice la ley?
Hay varios artículos de la ley de prevención de riesgos laborales que pavimentan este derecho de los trabajadores, aunque los expertos destacan que no aterrizan lo suficiente las obligaciones de las empresas, lo que impide que las adaptaciones sean tan frecuentes como deberían. El artículo 15 habla de “adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo”; el 16 obliga a una evaluación inicial de los riesgos que deberá ser actualizada “cuando cambien las condiciones de trabajo y, en todo caso, se someterá a consideración y se revisará, si fuera necesario, con ocasión de los daños para la salud que se hayan producido”. El artículo 22 estipula que el empresario “garantizará a los trabajadores” un servicio de “vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo” y el 25 detalla la protección de trabajadores “especialmente sensibles a determinados riesgos”.
“Esta es la parte teórica”, explica Àlex Tisminetzky, abogado del Colectivo Ronda y especialista en salud laboral, “por la cual al volver de una baja te deberían mandar al servicio de prevención, que haya un informe médico que dictamine si eres apto o no para seguir realizando tu puesto, y sin que la empresa conozca tus patologías le deben quedar claras tus limitaciones”. Cree que las empresas “priorizan maximizar beneficios y no la integridad física de sus trabajadores”. En su experiencia, asegura que es habitual que sea el propio trabajador el que se marcha: “A veces el servicio de prevención dice que el trabajador puede volver a su puesto habitual, pese a que no se encuentre en condiciones, y para no trabajar con dolor, para no atentar contra su integridad física, el empleado se va”.
Tisminetzky destaca que los servicios de prevención, normalmente a cargo de empresas externas, “a veces se pliegan al dictado de las compañías” y dan la luz verde a la ligera. Sin embargo, dice Tisminetzky, si en un proceso judicial se demuestra que el empleado no estaba en condiciones óptimas la responsabilidad (y la consecuente indemnización por daños) recae en el servicio de prevención, no en la compañía. “Esto también está pasando, y está haciendo que muchas empresas de prevención extremen sus cautelas. Hay empresas de prevención que hacen bien su trabajo”. Pone como ejemplo un caso que ganaron en junio, en el que una cadena de supermercados no adaptó correctamente el puesto de un empleado. El servicio de prevención pidió la adaptación del mozo de almacén, ya que tras un accidente de trabajo le encontró en situación de “apto con limitaciones”. Pero la empresa no adaptó y la justicia dio la razón al empleado, lo que obligó a la empresa a adaptar el puesto y a indemnizarle.
El análisis del servicio de prevención puede conducir a otro lugar, a que al empleado no se le considere apto para volver y que, a la vez, no se encuentre la forma de adaptar el puesto. En ese caso la empresa puede despedir al trabajador por inaptitud sobrevenida, una causa objetiva con una indemnización de solo 20 días por año trabajado. Cinta Vivancos, vicepresidente de la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA), indica que este escenario también es frecuente, dado el tejido productivo español. “La mayoría de empresas son pymes, no grandes compañías con varios tipos de puestos y la capacidad de adaptar. Reincorporar a estos trabajadores es, muy a menudo, más difícil de lo que parece para estos empresarios. Si no tienen manera de hacerlo, la ley está de su parte”, indica. Esa inaptitud no tiene por qué ir acompañada de un reconocimiento de incapacidad permanente, ya que el trabajador puede no estar en condiciones de realizar esas tareas pero sí otras en otras empresas. En ese escenario, el trabajador se va a la calle sin una prestación por incapacidad.
Vivancos asegura que son habituales las denuncias por discriminación tras estos despidos objetivos. “Veo a muchas empresas en la tesitura de si aguantar con un trabajador que no está en condiciones para no entrar en líos judiciales, a trabajadores que sufren y se callan dolores para no complicarse la vida, con miedo al desempleo que les espera si se van… Son situaciones complejas para las dos partes”. Esta experta cree que esta disyuntiva desincentiva la contratación de trabajadores mayores de 50 años, los más expuestos a enfermedades que conducen a una baja laboral.
Otros sistemas
Crespí compara el sistema español con el de otros países europeos en su estudio Incapacidad temporal y programas de retorno al trabajo: una reforma necesaria. “La adopción de programas de retorno al trabajo es difícilmente conjugable con nuestra legislación actual”, critica, al contrario que en otros países europeos.
Inicia su estudio con el siguiente ejemplo: “Imaginemos un diseñador gráfico que es operado de una lesión de tobillo. En España, lo más probable es que dicho trabajador permanezca en situación de incapacidad temporal, no solo durante la primera fase, sino hasta que recupere la movilidad suficiente para poder desplazarse sin excesivas dificultades hasta su puesto de trabajo. En Suecia, en cambio, teniendo en cuenta que una lesión de tobillo es una patología que puede obstaculizar la movilidad, pero no impide desarrollar una actividad laboral sedentaria como es la de diseño gráfico, lo más probable es que el mismo trabajador se reincorpore al trabajo tras la primera etapa de reposo estricto”.
La diferencia, explica, está en la normativa sueca, por la cual “a partir de un determinado momento y sin estar completamente recuperado, el trabajador puede prestar servicios si se le dispensa la asistencia necesaria. En tal caso, la disposición de una cierta capacidad para generar un determinado rendimiento económico hace que carezca de sentido seguir proveyéndole de una prestación sustitutiva de la mayor parte del salario”. Crespí abunda: “El riesgo que fundamenta la incapacidad temporal ya no se concibe como un evento irremediable hasta que se produzca la plena recuperación, sino como un conflicto que puede relativizarse y cuya resolución depende, en parte, de los esfuerzos dedicados a favorecer la vuelta al trabajo”. Con este enfoque, parecido al de Alemania o Países Bajos, esta experta indica que se consigue un mejor aprovechamiento de las capacidades de los trabajadores y se atenúa el efecto de las bajas en las arcas públicas. También subraya el efecto negativo que las bajas de larga duración y la inactividad tienen en la salud mental de los empleados.
Frente a esta visión choca la suspicacia de los representantes de los trabajadores, que temen que una mala articulación de estos programas de retorno atente contra la salud de los empleados. El representante de CC OO asegura que las altas sin estar recuperado del todo, “en las que incurren tantos trabajadores” —ya sea por voluntad propia, por miedo a un castigo posterior o por presión de sus jefes—, son “una espada de Damocles, por la amenaza del despido por inaptitud sobrevenida”. Cree que esa amenaza cada vez es mayor “dada la fuerza creciente del neoliberalismo, cómo a cada trabajador se le ve como un limón a exprimir, por la deshumanización que estamos viendo en las relaciones laborales, la falta de empatía con sus problemas, con cada vez más decisiones que toman algoritmos en vez de personas”. Esos argumentos le hacen desconfiar de estas vías.
“Al trabajador se le pide que pase de cero a cien, aunque la ley requiera la puesta en marcha del principio de acción preventiva. Pero sabemos que no se hace porque la misma ley es de mínimos”, insiste la representante de UGT. Defiende la necesidad de “negociar protocolos de reincorporación segura”, ya existentes en las empresas con más fuerza de los trabajadores. Esta conversación se está dando en el Ministerio de Trabajo, en un diálogo en marcha desde hace meses con el objetivo de reformar la ley de prevención de riesgos laborales. “Es una oportunidad para que la ley recoja la obligación de los protocolos de incorporación”, agrega García de la Torre, que también reclama más recursos para que Inspección sancione a las empresas que ponen en riesgo la salud de los trabajadores, “lo que está conduciendo a un aumento de la siniestralidad”. “La externalización masiva de los servicios de prevención ha ahondado en este problema”, insiste la sindicalista.
Israel, empleado madrileño en logística de 35 años, apuesta por una vuelta al trabajo paulatina: “Tuve una lesión de rodilla por la que estuve varios meses de baja. Entonces, cuando empezaba a estar mejor pero aún no para andar cargando cajas, si me hubieran dicho que podía empezar poco a poco, o que podía estar en un puesto de oficina, algo así, seguro que habría dicho que sí. Pero eso no sucedió. Me habría gustado”.
Bajas al alza
Las cifras oficiales dibujan una senda creciente preocupante respecto a las bajas laborales. Los datos de la Seguridad Social a cierre de 2023 indican que las incapacidades temporales por contingencias comunes registraron una prevalencia media de 47,3 por cada 1.000 asalariados. Es el máximo desde que hay cifras consolidadas, una serie que empieza en 2007. Entonces era 32,4, registro que cayó hasta un mínimo de 19,1 en 2012. El crecimiento también se da entre los autónomos, en máximos históricos, personas a las que una baja reduce muchísimo sus ingresos. La prevalencia de la incapacidad temporal por contingencias comunes por cada 1.000 autónomos protegidos ascendió en 2023 a 40,69, muy por encima del 27,73 que esta variable se anotó en 2014.
Los motivos principales del incremento, según los expertos, son el envejecimiento de la población trabajadora (hoy los ocupados de 50 años o más son el 35% del total, más que nunca; hace dos décadas eran el 19,6%) y el atasco en la sanidad pública (España registró en 2023 un récord de 849.535 personas en listas de espera quirúrgicas, casi el doble que hace 20 años, cuando había 9,78 personas en esta situación por cada 1.000 habitantes; hoy son 18,11).
Un informe reciente del Ivie pone en relación el impacto de la incapacidad temporal en España con respecto a sus vecinos europeos, un diagnóstico en el que el país queda mal parado. España es el segundo país con un mayor número de ocupados que se ausentan del trabajo por enfermedad (4,1%, empatados con Portugal y solo por detrás de Francia) y es el cuarto que más proporción de su PIB gasta en prestaciones por incapacidad temporal (un 1,4%, solo por detrás de Países Bajos, Alemania y Suecia).